Principales normas que regulan la protección del inversor en:
Ley de Mercados de Capitales: Sancionada el 29 de noviembre de 2012 y promulgada el 27 de diciembre de 2012.
Resolución General N° 529/08: Código de Protección al Inversor que establece las normas de conducta que deben seguir los intermediarios financieros en relación con sus clientes/inversionistas.
Resolución General N° 610/12: Certificación de Idoneidad y Registro de Asesores de Idóneos de las personas que desarrollen la actividad de venta, promoción o prestación de cualquier tipo de actividad de asesoramiento o actividad que implique el contacto con el público inversor en sus intermediarios, incluyendo a los productores relacionados con los mismos.
Resolución General N° 606: Código de Gobierno Societario propio de las sociedades autorizadas para ofertar públicamente las acciones representativas de su capital social.
Ley de Bancos y Entidades Financieras N°1488: Las actividades de intermediación financiera y de prestación de servicios auxiliares financieros se encuentran sujetas al ámbito de aplicación de esta Ley.
Ley de Mercado de Valores N° 1834: Regula el Mercado de Valores bursátil y extrabursátil, la Oferta pública y la Intermediación de Valores, las Bolsas de Valores, las Agencias de Bolsa, los Administradores de Fondos y los Fondos de Inversión, las Sociedades de Titularización y la Titularización, las Calificadoras de Riesgo, los Emisores, las Entidades de Depósito de Valores, así como las demás actividades y personas naturales o jurídicas que actúen en este mercado.
Recopilación de Normas para Bancos y Entidades Financieras: Título XI Servicios a Clientes y Usuarios: norma los derechos que tienen los clientes y usuarios, las políticas y procedimientos mínimos que deben observar las Entidades de Intermediación Financiera y las Empresas de Servicios Auxiliares Financieros para la atención de sus clientes y usuarios y el funcionamiento del Punto de Reclamo (PR) de la entidad supervisada y de la Central de Reclamos de la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
Ley N°6.385/76: Marco regulatorio que rige el Mercado de Valores mobiliarios y atribuye, en diversas normas, poder de regulación a CVM y engloba las principales actividades, servicios y productos financieros en al ámbito de ese mercado.
Ley Nº6.404/76: Regula las sociedades por acciones (compañías) atribuyendo poderes a la CVM para fiscalizar su cumplimiento con relación a las compañías abiertas.
Principales normas de interés para inversores emitidas por la CVM:
Instrucción CVM N° 505/11: establece normas y procedimientos a ser observados en las operaciones realizadas con valores mobiliarios en mercados regulados de valores.
Instrucción CVM N°497/11: regula la actividad de agente autónomo de inversión, el representante del intermediario para captación de clientes, recepción, registro y transmisión de órdenes etc.
Instrucción CVM N°409/04: establece normas sobre la constitución, la administración, el funcionamiento y la divulgación de informaciones de los fondos de inversión.
Instrucción CVM 480/09: sobre el registro de emisores de valores admitidos a la negociación.
Ley N°18.045: Marco regulatorio general que rige el Mercado de Valores en Chile, establece la regulación para la oferta pública de valores, sus respectivos mercados e intermediarios.
DL N°1.328 y Reglamento de la Ley N°1.179: Marco regulatorio para fondos mutuos.
Ley N°18.815 y Reglamento de la Ley N° 864: Marco regulatorio para los fondos de inversión cerrados.
Ley N°19.496: En el ámbito del consumo, esta Ley establece normas sobre protección a los derechos de los consumidores. Dicha Ley fue recientemente modificada, incluyendo la figura del “SERNAC Financiero”, fortaleciendo los derechos de los consumidores de productos y servicios financieros.
Normativa emitida por la SVS:
Norma de Carácter General N°12: Establece normas sobre transacciones de valores y acerca de los registros e información que deben proporcionar los intermediarios de valores.
Norma de Carácter General N°295: Establece forma, periodicidad y exigencias que deben cumplirse para efectos de la acreditación de conocimientos de intermediación de valores.
Circular N°1.985: Instruye a los corredores de bolsa que proporcionen a sus clientes antecedentes sobre la forma, oportunidad y condiciones en que fueron ejecutadas sus órdenes de compra y venta de acciones, incluyendo tiempos, precios y costos de ejecución de las órdenes.
Circular Nº2027: Requiere que las administradoras de fondos mutuos entreguen un Folleto Informativo a los inversionistas, que contiene información relevante y resumida del fondo. Además, establece los contenidos mínimos de los reglamentos internos y contratos de los fondos.
Ley 964 de 2005: Marco que rige las actividades de manejo, aprovechamiento e inversión de recursos captados del público que se efectúen mediante valores.
Decreto Único 2555 de 2010: Contiene normas en materia del sector financiero, asegurador y del Mercado de Valores, que establece los deberes generales de los intermediarios de valores.
Ley 1328 de 2009: En su Título I establece el Régimen de Protección al Consumidor Financiero que, entre otras cosas, se ocupó de establecer los principios y reglas que rigen la protección de los consumidores financieros en las relaciones entre éstos y las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia (SFC); señalar las definiciones de los conceptos básicos; consagrar un conjunto de derechos para el consumidor financiero; establecer obligaciones especiales a cargo de las entidades vigiladas por esta Superintendencia, entre las que se destacan la adecuada información, educación financiera e implementación del Sistema de Atención al Consumidor Financiero (SAC), y, puntualizar las funciones y condiciones para el ejercicio del cargo del Defensor del Consumidor Financiero (DCF). El régimen es aplicable a todas las entidades vigiladas por la SFC, incluidas las del sector bursátil.
Ley 1480 de 2011: Denominada “Estatuto del Consumidor”, que protege, promueve y garantiza la efectividad y el libre ejercicio de los derechos de los consumidores.
Ley 446 de 1998: Mediante los artículos 141 y 142 establece mecanismos de protección a accionistas minoritarios de emisores de valores a cargo de la Superintendencia Financiera de Colombia.
Ley Reguladora del Mercado de Valores N° 7732: tiene por objeto regular los Mercados de Valores, las personas físicas o jurídicas que intervengan directa o indirectamente en ellos, los actos o contratos relacionados con tales mercados y los valores negociados en ellos.
Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor N° 7472: Marco regulador que tiene como objetivo proteger los derechos y los intereses del consumidor, la tutela y la promoción del proceso de competencia y libre concurrencia, mediante la prevención, la prohibición de monopolios, las prácticas monopolísticas y otras restricciones al funcionamiento eficiente del mercado y la eliminación de las regulaciones innecesarias para las actividades económicas.
Ley Protección al ciudadano del exceso de requisitos y trámites administrativos N. 8220: Su objetivo es facilitarle al ciudadano las gestiones que necesita realizar ante las instituciones gubernamentales, brindándole seguridad jurídica.
Acuerdo sobre “Perfil del Inversionista”: Norma que obliga a las entidades a conocer y documentar la experiencia y necesidades financieras del inversionista antes de recomendarle opciones de inversión
Ley de Mercado de Valores: Regulación que tiene por objeto promover un mercado de valores organizado, integrado, eficaz y transparente, en el que la intermediación de valores sea competitiva, ordenada, equitativa y continua, como resultado de una información veraz, completa y oportuna.
Ley Orgánica para el Fortalecimiento y optimización del sector societario y bursátil: Esta Ley tiene como finalidad reformar varias leyes vigentes en materia de mercado de valores, mercantil, societaria, financiera, procedimiento civil, notarial de registro y tributario.
Código Orgánico Monetario y Financiero
Ley Orgánica de Defensa del Consumidor: Marco regulatorio que norma las relaciones entre proveedores y consumidores, promoviendo el conocimiento y protegiendo los derechos de los consumidores y procurando la equidad y la seguridad jurídica en dichas relaciones
Código de Derechos del Usuario Financiero: que vela por la equidad y equilibrio en las relaciones entre las instituciones financieras y sus usuarios
Ley del Mercado de Valores: Marco regulatorio que rige la oferta pública de valores y a éstos, sus transacciones, sus respectivos mercados e intermediarios, a los emisores y las obligaciones y responsabilidades de las casas de corredores respecto de los servicios ofrecidos.
Ley de Protección al Consumidor: En el ámbito de consumo, esta Ley establece normas sobre los derechos de los consumidores, incluidos las obligaciones de los proveedores de servicios financieros y los contratos de adhesión que los intermediarios firman con las casas corredoras de bolsa.
Normas emitidas por la Superintendencia del Sistema Financiero (SSF):
RSTG-1/2006 Resolución que indica el registro de clientes y contratos de Intermediación utilizadas en el Mercado de Valores por las casas de Corredoras de Bolsa.
Real Decreto 1464/2018, de 21 de diciembre, por el que se desarrollan el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, y el Real Decreto-ley 21/2017, de 29 de diciembre, de medidas urgentes para la adaptación del Derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de mercado de valores.
Real Decreto- Ley 14/2018, de 28 de septiembre, por el que se modifica el texto refundido de la LMV, aprobado por RD Legislativo 4/2015, de 23 de octubre.
Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Mercado de Valores: El Título VII de la LMV recoge las normas de conducta aplicables a quienes prestan servicios de inversión (artículos 202 a 232)
Real Decreto N° 217/2008: Régimen jurídico de las empresas de servicios de inversión y de las demás entidades que prestan servicios de inversión.
Orden EHA/1717/2010: Establece las normas, principios y criterios a los que debe sujetarse la actividad publicitaria de los instrumentos financieros y servicios de inversión y habilita a la CNMV para su desarrollo.
Circular 7/2013, de 25 de septiembre, por la que se regula el procedimiento de resolución de reclamaciones y quejas contra las empresas que prestan servicios de inversión y de atención de consultas en el ámbito del mercado de valores.
Circular 3/2013, de 12 de junio, sobre el desarrollo de determinadas obligaciones de información a los clientes a los que se prestan servicios de inversión, en relación con la evaluación de la conveniencia e idoneidad de los instrumentos financieros.
Circular 2/2013, de 9 de mayo , sobre el documento con los datos fundamentales para el inversor y el folleto de las instituciones de inversión colectiva.
Circular 1/2010, de 28 de julio, de información reservada de las entidades que prestan servicios de inversión.
Circular 3/2016, de 20 de abril, por la que se modifica la Circular 7/2011, de 12 de diciembre, sobre folleto informativo de tarifas y contenido de los contratos-tipo.
Circular 1/2018, de 12 de Marzo, sobre advertencias relativas a Instrumentos Financieros.
Orden EHA 1717/2010, de 11 de junio, de regulación y control de la publicidad de servicios y productos de inversión.
Real Decreto 948/2001, sobre sistemas de indemnización a inversores.
Real Decreto Legislativo 1/2007, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la defensa de consumidores y usuarios.
Ley 22/2007 sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a consumidores.
Ley del Mercado de Valores y Mercancías: marco jurídico dentro del cual deben de enmarcarse todas las actuaciones de los participantes del mercado de valores bursátil y extrabursátil; de la oferta pública bursátil y extrabursátil, de contratos de fondos de inversión, de las personas que en tales mercados actúan y de la calificación de valores y de las empresas dedicadas a esta actividad.
Reglamento del Registro del Mercado de Valores y Mercancías:
Reglamento de Entidades Calificadoras de Riesgo: regular los aspectos relativos a la inscripción y funcionamiento de las entidades que, de conformidad con la Ley del Mercado de Valores y Mercancías, y con arreglo a las prescripciones técnicas reconocidas a nivel internacional, emiten opinión en cuanto a la situación financiera de un emisor de valores o en cuantos a éstos.
Resolución GE No. 1631/12-09-2011 “Normas para el Fortalecimiento de la Transparencia, la Cultura Financiera y Atención al Usuario Financiero en las Instituciones Supervisadas“: el objeto de estas Normas es establecer lineamientos generales para que las instituciones supervisadas implementen en su organización, políticas, procedimientos y metodologías de transparencia financiera, promoción de la cultura financiera y atención eficiente y eficaz de las reclamaciones, quejas o consultas que los usuarios financieros hagan, siendo su ámbito de aplicación las instituciones del Sistema Financiero e instituciones supervisadas.
Decreto 8-2001 “Ley del Mercado de Valores”: tiene como objeto promover el desarrollo del Mercado Nacional de Valores en forma transparente, equilibrada y eficiente; velar por una sana competencia en el mismo y preservar la protección de los inversionistas y los intereses del público.
Resolución N.º 1747/17 Reglamento sobre-11-2009 “Oferta Pública de Valores”: establece los alcances, requisitos y trámites de la oferta pública de valores para la autorización, negociación, suspensión, retiro y cancelación de dicha oferta, así como en lo correspondiente a los sujetos que realicen esta actividad.
Resolución SV N.º 1476/22/22-08-2011 “Reglamento para la Prevención y Detección del Delito de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo en los Mercados de Valores.
Normativa emitida por la CNBS que regula el sector:
Resolución Nº 1559/11-12-2008: Reglamento del Registro Especial del Mercado de Valores.
Resolución No. 634/12-05-2009: Reglamento del Registro Público del Mercado de Valores.
Resolución Nº 395/19-03-2009: Reglamento sobre el Suministro de Información Periódica, Hechos Esenciales y Otras Obligaciones de Información de las Entidades Inscritas en el Registro Público del Mercado de Valores.
Resolución No. 160/19-01-2010: Reglamento de Casa de Bolsa e Intermediación de Valores de Oferta Pública.
Resolución No. 159/19-01-2010: Reglamento para el establecimiento y funcionamiento de las Bolsas de Valores.
Resolución GE No. 551/24-03-2011: Reglamento del Fondo de Garantía.
Ley del Mercado de Valores (LMV): Marco legal que rige el mercado de valores para su desarrollo equitativo, eficiente y transparente, al proteger los intereses del público inversionista.
Ley de Fondos de Inversión (LFI): Establece el marco regulatorio para la organización y funcionamiento de los fondos de inversión, la intermediación de sus acciones en el mercado de valores, así como los servicios que deberán contrata.
Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros (LPDUSF): Su objeto es la protección y defensa de los derechos e intereses del público usuario de los servicios que prestan las Entidades financiera.
Regulación de carácter secundario emitida por la CNBV:
Disposiciones de carácter general aplicables a las emisoras de valores y a otros participantes del mercado de valores (Circular Única de Emisoras, CUE): Establece los requisitos para la inscripción de valores en el RNV, su oferta pública, así como las obligaciones de las Emisoras en materia de revelación de información al mercado.
Disposiciones de carácter general aplicables a los Fondos de inversión y a las personas que les prestan servicios (Circular Única de Fondos de Inversión, CUFI): Establece las características (capital, régimen de inversión, prospectos de información) y reglas de constitución y negociación de los diferentes tipos de FI, así como de quienes les presten servicios, y las reglas prudenciales.
Disposiciones de carácter general aplicables a las casas de bolsa (Circular Única de Casas de Bolsa). Determina las características normativas a las que se deberán sujetar las casas de bolsa (colocación de valores, negociación en mercado secundario, requerimientos prudenciales de administración integral de riesgo, requerimientos de capital, controles internos, régimen relativo a las prácticas de venta de valores, requisitos en materia de auditoría externa, información requerida por la CNBV, almacenamiento y conservación de documentos, entre otros).
Disposiciones de carácter general aplicables a las entidades financieras y demás personas que proporcionen servicios de inversión. Establece la regulación de servicios de inversión en materias de razonabilidad de las recomendaciones, política para la diversificación de las carteras de inversión, perfil de inversión de sus clientes, perfil de los valores objeto de sus servicios, información a sus clientes, incluyendo comisiones cobradas, marco general de actuación, y tratándose de asesores en inversiones que no sean independientes y límites máximos en la colocación de valores, entre otros.
Disposiciones de carácter general aplicables a los asesores en inversiones. Establece las bases las bases para la organización y funcionamiento del registro que deben obtener las personas que deseen actuar como asesores en inversiones; las normas que deberá contener el manual de conducta, así como la información financiera, administrativa y operativa que deberán presentar a la CNBV.
Disposiciones generales aplicables a los organismos autorregulatorios del mercado de valores reconocidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores. Establece las bases para la existencia de organismos autoregulatorios en los mercados de valores lo cual contribuye a la adopción de una conducta ética en las actividades cotidianas que realizan sus miembros, al establecer normas de autoregulación que promueven prácticas justas de mercado, detectan y prevengan negociaciones indebidas y regulen la actuación de los intermediarios que participen en las operaciones con valores.
Disposiciones generales aplicables a los operadores de bolsa y apoderados de intermediarios en el mercado de valores y asesores de inversión para la celebración de operaciones con el público. A fin de otorgar seguridad jurídica en las operaciones que celebran con el público inversionista, los intermediarios del mercado de valores y las personas que manejan carteras de valores comúnmente denominados asesores de inversión, es conveniente que utilicen los servicios de personas físicas que, actuando en su representación, acrediten cumplir con los requisitos establecidos en la legislación financiera relativos a la capacidad técnica, honorabilidad e historial crediticio satisfactorio. La certificación de la capacidad técnica de las mencionadas personas físicas, así como la verificación de su calidad crediticia y honorabilidad, podrá ser llevada a cabo por organismos autorregulatorios reconocidos por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
El marco normativo aplicable a los sectores supervisados por la CNBV se puede consultar en la sección Normatividad.
Ley No.587, Ley de Mercado de Capitales: Ley que tiene por objeto regular los mercados de valores, las personas naturales y jurídicas que intervengan directa o indirectamente en ellos, los actos o contratos relacionados con tales mercados y los valores negociados en ellos, debiendo promover las condiciones de transparencia y competitividad que hagan posible el buen funcionamiento del mercado, mediante la difusión de cuanta información resulte necesaria para este fin, procurando la protección de los inversionistas.
Ley No.842, Ley de protección de los derechos de las personas consumidoras y usuarias: Ley que tiene por objeto:
1. Establecer el marco legal de protección de los derechos de las personas naturales y jurídicas que sean consumidoras o usuarias de bienes o servicios, procurando la equidad, certeza y seguridad jurídica en las relaciones de consumo con las personas proveedoras de bienes y servicios públicos, privados, mixtos, individuales o colectivos.
2. Garantizar a las personas consumidoras y usuarias la adquisición de bienes o servicios de la mejor calidad.
3. Promover y divulgar la cultura de consumo responsable, respetuoso y educación sobre los derechos de las personas consumidoras y usuarias.
Esta Ley es de orden público e interés social, los derechos que confiere son irrenunciables y se reconoce el carácter de derechos humanos a los derechos de las personas consumidoras y usuarias.
Norma sobre el funcionamiento de los puestos de bolsas y sus agentes: Norma que tiene por objeto establecer los requisitos mínimos que deben cumplir los puestos de bolsas en relación con los servicios que prestan, sus deberes y obligaciones, los mecanismos de control, los registros, la publicidad entre otros aspectos.
Ley del Mercado de Valores: Marco regulatorio que rige el mercado de valores en Panamá. Comprende el Decreto Ley 1 de 1999 y sus leyes reformatorias. Establece principios de la organización y funcionamiento de la Superintendencia, y las normas rectoras de la regulación, supervisión y fiscalización de las actividades y los participantes del Mercado de Valores en Panamá.
Normativa emitida por la SMV:
Acuerdo 5-2003: Establece normas de conducta para los intermediarios financieros, así como regulación para la celebración de contratos, recepción y ejecución de órdenes, información a los clientes y conflictos de interés.
Acuerdo 4-2004: Establece normas de conducta, registro de operaciones e información de tarifas.
Ley del Mercado de Valores N° 5.810: La presente Ley regula la oferta pública de valores y sus emisores, los valores de oferta pública, las bolsas de valores, las casas de bolsas y, en general, los demás participantes en el mercado de valores, así como la Comisión Nacional de Valores, en adelante “La Comisión”.
Ley de Defensa del Consumidor N°1.334: Marco regulatorio que establece las normas de protección y de defensa de los consumidores y usuarios. Esta Ley regula los contratos y la publicidad engañosa.
Normativa emitida por la CNV:
Resolución N° 763/04: Regula las relaciones de las Casas de Bolsa con los inversores, en específico, los contratos que suscriben entre las partes y los procedimientos relativos a las órdenes de compra y venta.
Resolución N° 1.273/10: Establece las normas para las Casas de Bolsa sobre negociación de emisiones bajo el esquema de Programas de Emisión Global.
Normativa emitida por el Banco Central:
Guía de normas referentes a la protección del consumidor financiero
Normas con rango de Ley:
Ley del Mercado de Valores, aprobada por Decreto Legislativo N° 861: Establece el marco legal que rige el Mercado de Valores y la actuación de sus participantes, con el propósito de promover su desarrollo y transparencia, así como la adecuada protección del inversionista.
Ley de Fondos de Inversión y sus Sociedades Administradoras, aprobada por Decreto Legislativo N° 862: Establece disposiciones aplicables a los fondos de inversión, a sus sociedades administradoras, y a sus relaciones con los inversionistas.
Ley que establece medidas para sancionar la manipulación de precios en el Mercado de Valores, Ley N° 29660: Desarrolla principios de cuidado y diligencia; de prevención de conflictos de interés; de honestidad y neutralidad; y, de información, que son exigibles a las personas autorizadas por la SMV y a quienes en su nombre actúen en el Mercado de Valores.
Código de Protección y Defensa del Consumidor, Ley N° 29571: Establece las normas que determinan los derechos de los consumidores, entre los que se pueden encontrar los inversionistas en su relación con Sociedades Agentes de Bolsa, las Sociedades Administradoras de Fondos Mutuos y Sociedades Administradoras de Fondos de Inversión.
Normas emitidas por la Superintendencia del Mercado de Valores:
Reglamento del Servicio de Defensoría del Inversionista de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por Resolución SMV N° 003-2012-SMV/01: Establece el alcance y las funciones de este servicio para el fortalecimiento de la protección al inversionista.
Normas aplicables a denuncias y reclamos contra las entidades supervisadas por la SMV, aprobadas por Resolución SMV N° 006-2012-SMV/01: Especifican las vías administrativas, arbitrales y judiciales para la defensa de los derechos del inversionista.
Ley de Mercado de Valores: Es el marco regulatorio general que rige el Mercado de Valores.
Reglamento de aplicación de la Ley de Mercado de Valores N° 729-04: En su Capítulo III.2, se establecen Normas de Protección de la Clientela.
Normativa emitida por la SIMV:
Norma para Intermediarios de Valores (CNV-2005-10-IV): Establece reglas para la actuación y el funcionamiento de los intermediarios del Mercado de Valores respecto a su relación con los inversionistas.
Circular N° 04-03: Establece las disposiciones mínimas que deben ser incorporadas en los reglamentos internos de los puestos de bolsa sobre normas de conducta, marco legal de los servicios de intermediación y asesoría, y causas de la cancelación y suspensión para operar.
Ley de Mercado de Valores N° 18.627: Marco regulatorio del Mercado de Valores que tiene como ámbito de aplicación los agentes que en él participan, las Bolsas de Valores y demás mercados de negociación de valores de oferta pública, los valores y los emisores.
Ley de Defensa al Consumidor N° 17.250: Regula las relaciones de consumo.
Normativa emitida por la SSF:
Recopilación de Normas de Mercado de Valores (RNMV): Normas que regulan las relaciones de los intermediarios financieros con los inversionistas.