Registro del Mercado de Valores y Mercancías
El RMVM en observancia de las medidas implementadas por el Gobierno para contener la propagación del COVID-19 y tomando en cuenta que el Congreso de la República de Guatemala decretó, entre otras medidas, la suspensión de plazos administrativos por el plazo improrrogable de tres meses a partir del 2 de abril de 2020, emitió Circulares para dar a conocer:
–La Forma de operar del Registro durante el periodo de Estado de Calamidad Pública
-Se comunicaron los procedimientos para emisores, agentes, entidades calificadoras de riesgo, bolsa de valores, central de valores y otras instituciones auxiliares del mercado de valores que deseen presentar solicitudes sobre el mantenimiento de vigencia de inscripción, inscripciones, cancelaciones, y todas aquellas actividades reguladas por la Ley del Mercado de Valores y Mercancías.