| Ministerio
de Economía
Ministro:
Dr.
Ricardo Esmahan D´Aubuisson
Alameda Juan Pablo II y Calle Guadalupe.
Edificio C1 y C2
Centro de Gobierno, San Salvador
Tef.: (503) 2281.11.22
Fax: (503) 2221.54.46
http://www.minec.gob.sv
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Organismos
Reguladores del Mercado de Capitales |
Superintendencia
de Valores
Superintendente:
Lic. Rogelio Juan Tobar García
Dirección: 1ª Calle Poniente
y 7ª Av Norte. Edificio Antiguo
del Banco Central de Reserva, Segunda
planta.
San Salvador
Tef.: (503) 2281.89.00
Fax: (503) 2221.34.04 y 2271.37.88
www.superval.gob.sv
E-mail: info@superval.gob.sv
Banco
Central de Reserva de El Salvador
Alameda
Juan Pablo II y 17 Avenida Norte
San Salvador
Tef. centralita: (503) 2281.80.00
Fax centralita: (503) 2281.80.11
www.bcr.gob.sv
E-Mail:
comunicaciones@bcr.gob.sv
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Superintendencia
de Valores |
Por medio
del Decreto Legislativo nº 806,
de 11 de septiembre de 1996, se aprobó
la Ley Orgánica de la Superintendencia
de Valores, siendo ésta un
ente autónomo y especializado
en la regulación del Mercado
de Valores. Tiene como finalidad y
competencia, vigilar el cumplimiento
de las disposiciones legales aplicables
a las entidades supervisadas y facilitar
el desarrollo del mercado de valores,
con énfasis en el mercado de
capitales, velando por los intereses
del público inversor. En definitiva,
la Superintendencia de Valores contribuye
a que el mercado bursátil se
desarrolle con dinamismo y transparencia.
La Superintendencia
, que inició sus funciones
a partir de enero de 1997, vela por
que se cumpla la Ley del Mercado de
Valores, el Reglamento General Interno
del Mercado de Valores de El Salvador
y el Código de Comercio de
la República de El Salvador.
Su función
principal es vigilar el cumplimiento
de las disposiciones aplicables a
las bolsas de valores, las casas de
corredores de bolsa, los almacenes
generales de depósito, sociedades
especializadas en el depósito
y custodia de valores, sociedades
clasificadoras de riesgo, etc., correspondiéndole,
además, su fiscalización.
Adicionalmente,
inspecciona y vigila
a los emisores, inscritos
en el Registro Público Bursátil
con relación a las obligaciones
que impone la Ley Orgánica
de la Superintendencia de Valores
y la Ley del Mercado de Valores, así
como a los auditores externos asentados
en el Registro Público Bursátil
de acuerdo a disposiciones dictadas
por su consejo.
La máxima
autoridad de la Superintendencia de
Valores es el Consejo Directivo
quien es el encargado de promulgar
las directrices, normas y políticas
con que funciona la Superintendencia
y por las que se rige el Mercado de
Valores. El Superintendente es el
Presidente del Consejo Directivo y
es el encargado de la administración
de la Superintendencia, así
como de vigilar el cumplimiento de
las disposiciones legales de los participantes
en el mercado.
Los aspectos
relacionados con la fiscalización
y el desarrollo del mercado están
a cargo de la Intendencia de Valores,
quien responde al Superintendente.
La Intendencia de Valores cuenta con
los siguientes departamentos: Normas
y Difusión, Autorización
y Registro, y Supervisión y
Control.
Parte
importante del funcionamiento de la
Superintendencia de Valores es el
Comité
Consultivo,
órgano de consulta compuesto
por los diferentes participantes del
Mercado de Valores. Adicionalmente,
el Superintendente es miembro del
Comité de Superintendentes
en el que participan la Superintendencia
de Pensiones y la Superintendencia
del Sistema Financiero. Este Comité
tiene como objetivo el coordinar las
actividades de fiscalización
y supervisión del sistema financiero
como un todo.
Integrantes
del Mercado de Valores
El
Estado, Superintendencia de Valores,
Bolsa de Valores de El Salvador, 43
Corredores de Bolsa, 23 Casas de Corredores,
61 Emisores inscritos, 2 Clasificadoras
de Riesgo, Central de Depósito
y Custodia de Valores
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Normativa
Básica |
- Ley del Mercado
de Valores, Decreto nº 809,
del 21 de abril de 1994
- Ley de sociedades
de Seguros, del 4 de noviembre de
1996
- Ley del Sistema
de Ahorro para Pensiones, del 23
de diciembre de 1996
- Ley de Bancos
y Financieras, actualmente se encuentra
en proceso de reformas
- Ley Orgánica
de la Superintendencia del Sistema
Financiero, del 10 de diciembre
de 1990
- Ley Orgánica
de la Superintendencia de Pensiones,
del 1 de enero de 1997
- Ley Orgánica
de la Superintendencia de Valores.
Decreto nº 806 del 11 de septiembre
de 1999
- Ley del Régimen
Fiscal aplicado al Mercado de Valores.
Decreto nº 73 del 10 de octubre
de 1991
- Ley de Anotaciones
Electrónicas de Valores en
Cuenta
- Reglamento General
Interno de la Central de Depósito
de Valores, S.A. de C.V.
- Reglamento para
la emisión de Valores en
Moneda Extranjera, del 30 de noviembre
de 1995
- Reglamento General
Interno del Mercado de Valores,
del 6 de diciembre de 1995
- Reglamento de
la Ley de Mercado de Valores. Dcreto
nº 52, del 27 de mayo de 1999
- Reglamento de
Relaciones Financieras de las Casas
de Corredores de Bolsa, del 1 de
Octubre de1995
- Reglamento
del Registro Público Bursátil,
del 27 de junio de 1994
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Otros
Enlaces |
Bolsa de
Valores
www.bves.com.sv/
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