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Ministro:
Dr.
Luis Alberto Arce Catacora
El Ministerio competente en la Regulación
del Mercado de Valores es el Ministerio
de Hacienda, bajo cuya tuición
se encuentra el Sistema de Regulación
Financiera (SIREFI), que está
conformado por la Superintendencia
de Recursos Jerárquicos (SRJ),
la Superintendencia de Bancos y Entidades
Financieras (SBEF) y la Superintendencia
de Pensiones, Valores y Seguros (SPVS)
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| Superintendencia
de Pensiones, Valores y Seguros
Superintendente
de Pensiones, Valores y Seguros a.i
Ing.
Mario Guillén Suárez
Intendente
de Valores.: Lic. Arnold Saldías
Dirección
Legal: Lic. Antonio Caballero
Romero
Dirección
de Intermediarios: Lic. Gonzalo
Bravo Salas
Dirección
de Emisores a.i: Lic. Ana Mª
Pacheco
Dirección:
calle Reyes Ortiz esquina calle Federico
Zuazo - Torres Gundlach (Torre Este).
Piso 4.
Casilla de Correos 6118 (La Paz, Bolivia)
Tef.: (591 2) 334.936 / 335.032
Fax: (591 2) 335.111
e-mail:
spvs@spvs.gov.bo
http://www.spvs.gov.bo/
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Comisión
Nacional de Valores |
El Organismo
Supervisor y Regulador del Mercado
de Valores es la Superintendencia
de Pensiones, Valores y Seguros (SPVS),
que es un órgano autárquico
y persona jurídica de derecho
público, con autonomía
de gestión técnica y
administrativa y jurisdicción
nacional. Se encuentra representada
por un Superintendente, y está
compuesta por tres Intendencias, en
función a cada una de las áreas
sometidas a su competencia. En este
sentido, la Superintendencia de Pensiones,
Valores y Seguros, es el órgano
que a través de la Intendencia
de Valores, se ocupa de regular, controlar,
supervisar y fiscalizar el Mercado
de Valores y las personas, entidades
y actividades relacionadas con dicho
mercado.
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Normativa
Básica |
- Ley del Mercado
de Valores Nº 1834, de 31 de
marzo de 1998
- Decreto Supremo
Nº 25022, de 3 de agosto de
1998
- Decreto Supremo
Nº 25420, de 16 de junio de
1999, Régimen de los Registros
y Tasas de Regulación de
la Superintendencia de Pensiones,
Valores y Seguros
- Resolución
Administrativa SPVS-IV-Nº 052,
de 29 de mayo de 2000, Reglamento
de Titularización
- Resolución
Administrativa SPVS-IV- Nº
110/99, Reglamento del Registro
del Mercado de Valores
- Resolución
Administrativa SPVS-IV-Nº 033/99,
Reglamento de Entidades Calificadoras
de Riesgo del
Mercado de Valores
- Resolución
Administrativa SPVS-IV-Nº 530
de 18 de octubre de 2001, Reglamento
de Entidades de Depósito
de Valores y Compensación
y Liquidación
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Iniciativas
Legislativas y/o Reformas en Curso |
Debido al
nuevo marco legal que regula el mercado
de valores boliviano por la promulgación
de la Ley de Mercado de Valores, la
Superintendencia de Pensiones, Valores
y Seguros se encuentra en un intenso
trabajo de elaboración de los
Reglamentos que desarrollen dicha
Ley. Esto permitirá que el
actual Reglamento a la Ley del Mercado
de Valores (D.S. 25022), resultado
de la compilación de las circulares
que fueron anteriormente emitidas
por la Ex Comisión Nacional
de Valores, vayan siendo paulatinamente
sustituidos por la nueva reglamentación
que se apruebe, tomando en cuenta
las actuales necesidades del mercado.
En tal sentido,
se está trabajando actualmente
en la elaboración de los Reglamentos
específicos para cada uno de
los institutos sustanciales establecidos
por la Ley del Mercado de Valores:
- Reglamento de
Fondos de Inversión y sus
Sociedades Administradoras
- Reglamento de
Agencias de Bolsa
- Reglamento de
Oferta Pública
- Reglamento de
Oferta Pública de Adquisición
- Reglamento de
Bolsa de Valores
- Reglamento de
Sanciones
- Reglamento
de Conflicto de Intereses y Vinculación
Asimismo,
dentro del programa de elaboración
de otras normas regulatorias, se está
trabajando en las normas relativas
al Underwritting; Inscripción
de Valores Extranjeros, Inscripciones
de Sociedades de Responsabilidad Limitada
y otras, Operaciones de Reporto; Normas
de publicidad en el Mercado de Valores,
así como en los Manuales de
Supervisión y Control Financiero,
Planes únicos de Cuentas, etc.
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Otros
Enlaces |
Bolsa
de Valores de Bolivia
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