
PANAMÁ
ORGANISMO SUPERVISOR Y REGULADOR
DEL MERCADO DE VALORES
Comisión Nacional de Valores (CNV).
Presidente:
D. Carlos A. Barsallo P.
Dirección: Apdo. 0832-2281 WTC
Panamá
Tef.: (507) 501 1700
Fax: (507) 501 1709
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
(CNV)
Organismo autónomo del Estado,
con personalidad jurídica y patrimonio propio, creado por Decreto Ley
nº1, de 8 de julio de 1999, que detenta las siguientes atribuciones:
-
Fomentar y fortalecer
las condiciones propicias para el desarrollo del mercado de valores
en la República de Panamá.
-
Resolver las solicitudes
de registro de ofertas públicas y suspender o cancelar aquellas
ofertas públicas que violen la normativa legal.
-
Expedir, suspender, revocar
y cancelar las licencias de las bolsas de valores, centrales de
valores, casas de valores, asesores de inversiones, ejecutivos principales,
corredores de valores, analistas, administradores de inversión,
así como ordenar a cualquiera de éstos la suspensión de cualquier
actividad que viole la Ley o sus reglamentos, incluyendo la suspensión
de operaciones y negociación de valores.
-
Establecer reglas de buena
conducta comercial y normas éticas que deban seguir las casas de
valores, los asesores de inversión, los ejecutivos principales,
los analistas, los corredores de valores, las organizaciones autorreguladas
y sus miembros, las sociedades de inversión y administradores de
inversión, cuya violación podrá acarrear sanciones disciplinarias
-
Prescribir la forma y
el contenido de los estados financieros y demás información financiera
de personas registradas en la Comisión, así como adoptar los principios
y las normas de contabilidad que se deban usar en la preparación
de éstos; exigir que contadores públicos autorizados e independientes
examinen los estados financieros y demás información financiera
de personas registradas en la Comisión y rindan informes sobre los
mismos; y establecer normas para asegurar la independencia de los
contadores públicos autorizados que examinen los estados financieros
de las personas registradas en la Comisión, así como normas de auditoría
y con relación a la forma y el contenido de los informes preparados
por dichos contadores públicos.
Con el fin de lograr uniformidad en la presentación de estados financieros, la Comisión favorecerá
la adopción de principios de contabilidad y normas de auditoría dictadas
por organizaciones nacionales o internacionales de reconocido prestigio.
-
Examinar, supervisar y fiscalizar las actividades de las organizaciones autorreguladas
y sus miembros, de las sociedades de inversión, de los administradores
de inversión, de las casas de valores y de los asesores de inversión,
así como de sus respectivos corredores de valores, analistas y ejecutivos
principales, según sea el caso, y de cualquier otra persona sujeta
a la fiscalización de la Comisión de acuerdo con el Decreto-Ley
nº 1 y sus reglamentos.
-
Realizar las inspecciones,
las investigaciones y las diligencias contempladas en el presente
Decreto-Ley e imponer las sanciones que establece este Decreto-Ley.
La Comisión está compuesta
por tres Comisionados nombrados por el Presidente de la República:
Comisionado Presidente:
D. Carlos A. Barsallo P.
Comisionado Vicepresidente: D. Rolando Julio de León de Alba
Comisionado:
MARCO LEGAL BÁSICO
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La norma fundamental es
el Decreto Ley nº 1, de 8 de Julio de 1999, por el cual se crea
la Comisión Nacional de Valores y se regula el mercado de valores
en la República de Panamá.
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Ley 6 del 22 de Enero
de 2002, de Transparencia
-
Ley 11 del 30 de Enero
de 2002, que modifica los artículos 17 y 18 del Decreto Ley nº 1
del 8 de Julio de 1999.
ENLACES DE INTERÉS
Bolsa de Panamá
 Ministerio
de Economía y Finanzas

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