NICARAGUA ÓRGANO DE GOBIERNO COMPETENTE Ministerio de Hacienda y Crédito Público.
ORGANISMO SUPERVISOR DEL MERCADO DE CAPITALES
Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras.
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y OTRAS INSTITUCIONES FINANCIERAS La Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, es una institución autónoma del Estado, que supervisa el mercado de valores. Tiene a su cargo autorizar, supervisar, vigilar y fiscalizar el funcionamiento de las bolsas de valores y otras instituciones semejantes que operen con bienes y dinero del público previamente calificadas como tales por la Superintendencia. Además, supervisa las actividades de la bolsa misma, los puestos de bolsa, los agentes corredores, centrales de custodia y los emisores. La Bolsa de Valores ejerce una función autoreguladora de la actividad bursátil, dicta y modifica su propio reglamento interno con previa aprobación de la Superintendencia. Las normas que la Bolsa dicte sobre liquidación de operaciones en bolsa y contratos en bolsa, así como cualquier otra normativa, como parte de su Reglamento Interno, debe ser informado a la Superintendencia quien está facultada para objetar al respecto. La fiscalización a los agentes en el mercado se efectúa con base al análisis de la información periódica que suministran los intermediarios de valores, entidades de apoyo, emisores y Bolsa de Valores, obligados conforme a la Ley. Se elabora un programa donde se incluyen revisiones contables y de registro de operaciones bursátiles, de inversiones propias y por cuenta de sus clientes. La Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones Financieras, tiene como órganos superiores un Consejo Directivo, un Superintendente y un Vice-Superintendente. El Consejo Directivo de la Superintendencia está integrado por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público quien lo preside, el Presidente del Banco Central de Nicaragua y cuatros miembros con sus respectivos suplentes nombrados por el Presidente de la República y ratificados por la Asamblea Nacional. Además de los órganos establecidos, la Superintendencia de Bancos se estructura en cuatro Intendencias especializadas, siendo éstas:
Además de estas Intendencias, el Consejo Directivo de la Superintendencia, a solicitud del Superintendente, tiene la facultad de autorizar la creación y organización de otras Intendencias. NORMATIVA BÁSICA El marco legal del Mercado de Valores en Nicaragua comprende:
INICIATIVAS LEGISLATIVAS Y/Ó REFORMAS EN CURSO
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