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MÉXICO


  ÓRGANO DE GOBIERNO COMPETENTE


     Secretaría de Hacienda y Crédito Público

Secretario: Lic. Agustín Guillermo Cartens Cartens

Subsecretario del Ramo: Dr. Alejandro Werner Wainfield

Director General de Seguros y Valores:

Dra. Lorenza Martínez Trigueros

Tel.: (52 55) 5669.40.59


ORGANISMO REGULADOR DEL MERCADO DE VALORES


 

Comisión Nacional Bancaria y de Valores.

   

Presidente: Lic. Roberto del Cueto Legaspi

Vicepresidentes:

Supervisión de Instituciones Financieras 1: Pablo  Escalante Tattersfield

Supervisión de Instituciones Financieras 2: Lic. Juan Alfonso Orozco Waters

Supervisión de Instituciones Financieras 3: Lic. José Luis Ochoa Bautista

Supervisión de Instituciones Financieras 4: Lic. Patricio Bustamante Martínez

Supervisión de Instituciones Financieras 5: Lic. Miguel Ángel Garza Castañeda

Supervisión Bursátil: Lic. Mauricio Basila Lago

Jurídico: Lic. Benjamín Vidargas Rojas

Normatividad:

Administración: C.P. José Ángel Escobar Arvizu

Asuntos Internacionales y Difusión: Lic. Miguel Ángel Garza Castañeda

Tel.: (52 55) 5724.60.00
E-mail: info@cnbv.gob.mx

 


SECRETARÍA DE HACIENDA Y CRÉDITO PÚBLICO


Es la máxima autoridad en materia económica y brazo ejecutor de la política financiera del gobierno. En materia bursátil, es la responsable de elaborar las políticas de promoción, desarrollo, regulación y supervisión de los intermediarios bursátiles, sociedades de inversión, bolsas de valores, bolsas de futuros y opciones, cámaras de compensación e instituciones para el depósito de valores. Le corresponde también autorizar y revocar intermediarios bursátiles, así como otorgar y revocar concesiones a bolsas de valores y a las instituciones para el depósito de valores, definir sus áreas de actividad y, en algunos casos, sancionar administrativamente a quienes infrinjan leyes y reglamentos establecidos.

 


COMISIÓN NACIONAL BANCARIA Y DE VALORES


La Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), con autonomía técnica y facultades ejecutivas que regula la operación de las bolsas de valores, el desempeño de los intermediarios bursátiles y el depósito central de valores.

La Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 28 de abril de 1995, y entró en vigor el 1º de mayo del mismo año.

La Comisión tiene por objeto supervisar y regular, en el ámbito de su competencia, a las entidades financieras, a fin de procurar su estabilidad y correcto funcionamiento, así como mantener y fomentar el desarrollo del sistema financiero en su conjunto, en protección de los intereses del público.

Las Entidades Financieras que supervisa y regula la CNBV, por estar en el ámbito de su competencia, son las que se enumeran a continuación: Sociedades controladoras de Grupos Financieros; Instituciones de Crédito; Casas de Bolsa; Especialistas Bursátiles; Sociedades de Inversión; Almacenes Generales de Depósito; Uniones de Crédito; Arrendadoras Financieras; Empresas de Factoraje Financiero; Sociedades de Ahorro y Préstamo; Casas de Cambio; Sociedades Financieras de Objeto Limitado; Instituciones para el depósito de Valores; Instituciones Calificadoras de Valores; Sociedades de Información Crediticia; así como otras instituciones y fideicomisos públicos que realicen actividades financieras y respecto de las cuales la Comisión ejerza facultades de supervisión.

Para el cumplimiento de sus objetivos la Comisión Nacional Bancaria y de Valores cuenta con las facultades que le otorgan las leyes relativas al sistema financiero, así como su propia Ley, las cuales se ejercen a través de los siguientes órganos: Junta de Gobierno, Presidencia, Vicepresidencias, Contraloría Interna, Direcciones Generales y demás unidades administrativas necesarias.

Asimismo, es importante mencionar que es la entidad responsable de mantener el Registro Nacional de Valores e Intermediarios, en el que se inscriben los intermediarios bursátiles y todo valor negociado en la Bolsa Mexicana de Valores (BMV). 

 


BANCO DE MÉXICO


El Banco de México, como Banco Central autónomo, es responsable de la expedición de disposiciones en materia de regulación monetaria o cambiaria, para el sano desarrollo del sistema financiero, el buen funcionamiento del sistema de pagos, o bien, la protección de los intereses del público.

En materia bursátil, el Banco de México posee facultades para regular algunas de las operaciones que se realicen con valores tanto gubernamentales, como los emitidos por entidades privadas, así como las operaciones de crédito y reportos de las casas de bolsa. También goza de facultades para regular las operaciones de las instituciones de depósito de valores. En lo que se refiere a operaciones con divisas y metales, los intermediarios bursátiles deberán apegarse a lo señalado por el Banco Central.

http://www.banxico.org.mx

 


BOLSA MEXICANA DE VALORES


Bolsa Mexicana de Valores

La Bolsa Mexicana de Valores (BMV) es una institución privada, constituida legalmente como Sociedad Anónima que opera mediante concesión de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley del Mercado de Valores. Sus accionistas son exclusivamente las casas de bolsa autorizadas, que poseen una acción cada una.

 


NORMATIVA BÁSICA EN MATERIA DE VALORES


Marco Jurídico

  • Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, del 28 de abril de 1995, reformada en el 2001
  • Ley del Mercado de Valores de 2 de enero de 1975, reformada el 1 de junio de 2001
  • Ley de Sociedades de Inversión, del 4 de junio de 2001
  • Reglamento Interior General de la BMV
  • Código de Ética de la Comunidad Bursátil Mexicana
  • Circulares y Resoluciones emitidas por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores
  • Circulares emitidas por el Banco de México
  • Reglas y circulares emitidas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

La BMV y los participantes en el mercado organizado de valores se encuentran sujetos, en su constitución y operación, a un conjunto de normas y disposiciones que están contenidas en las leyes y los reglamentos mencionados a continuación:

  • Ley del Mercado de Valores

    Regula la oferta pública de valores, la intermediación de éstos en el mercado, las actividades de las personas y entidades operativas que en él intervienen, la estructura y operación del Registro Nacional de Valores e Intermediarios y los alcances de las autoridades responsables de promover el desarrollo equilibrado del mercado y la sana competencia.

    Por otra parte, la Ley del Mercado de Valores establece el marco jurídico bajo el cual se llevan a cabo operaciones internacionales en materia de valores, y establece la regulación para la constitución y funcionamiento de bolsas de valores en el país y de instituciones para el depósito de valores.

  • Ley de Sociedades de Inversión

    Esta ley define la organización y funcionamiento de cada una de las diferentes modalidades de sociedades de inversión (de inversión de capitales o capital de riesgo, de deuda y comunes) y de sus respectivas operadoras; la intermediación de sus acciones en el mercado de valores, y el papel de las autoridades encargadas de promover su sano desarrollo y de vigilar su estricto apego al marco normativo vigente.

  • Reglamento Interior General de la BMV

    Establece las normas operativas que se refieren a la admisión, suspensión y exclusión de socios de la BMV, requisitos de listado y mantenimiento de valores, así como su suspensión o cancelación, reglas generales de operación y de divulgación de información. El Reglamento Interior de la BMV y sus modificaciones deben ser autorizados por la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.